Impugnacion De La Paternidad

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IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD

Impugnación De La Paternidad

Abogados De Familia Para Impugnación De La Paternidad

Abogados De Familia Para Impugnación De La Paternidad

Duque Ortiz abogados: Abogados De Familia Para Impugnación De La Paternidad

Cuando existan dudas respecto a la maternidad o paternidad de hijo, es posible iniciar un proceso de impugnación de la filiación ante el juez de familia. En este proceso se practicarán las pruebas necesarias y se determinará si la persona que aparece en el registro civil del hijo, es realmente su padre o madre.

La Ley ha establecido unos tiempos para presentar la demanda de impugnación de la maternidad o paternidad, que generalmente son de 140 días desde que se tuvo conocimiento que no es la madre o el padre biológico. 

Por el contrario, el hijo, podrá impugnar en cualquier tiempo la paternidad o la maternidad.

En este proceso, el juez deberá citar, si fuere posible, a la persona que sería verdaderamente el padre o madre del menor, a fin de que en ese mismo proceso se declare la paternidad o maternidad.

Así mismo, se deberá practicar necesariamente una prueba de ADN. En caso de que, por diferentes motivos, sea imposible practicarla, se tendrán en cuenta otras pruebas, como los testimonios de personas cercanas al demandante. 

Cuando el solicitante no cuenta con el dinero suficiente para costear la prueba científica de ADN, podrá alegar el amparo de pobreza y no tendrá que correr con esos gastos del proceso. 

Si las pruebas arrojan que el demandante no es el padre o madre, así lo declarará y ordenará la corrección del registro civil.

Si usted considera que esta siendo afectado por este problema jurídico, contáctenos y le brindaremos asistencia inmediata.

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Divorcio de Matrimonio Civil

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DIVORCIO DE MATRIMONIO CIVIL

Divorcio de Matrimonio Civil

ABOGADOS DE FAMILIA PARA Divorcio de matrimonio civil

Divorcio De Matrimonio Civil – Divorcios Civiles: El Divorcio de Matrimonio Civil en Colombia desde la ley 25 de 1992, se permitió a las parejas colombianas divorciarse a través de varios trámites dependiendo de la situación y acuerdo que existen entre los cónyuges frente a la finalización del vinculo.

El divorcio de matrimonio civil se puede adelantar ante notario o juez.

Ante notario se requiere acuerdo total de los cónyuges frente al divorcio. En el caso de existir hijos menores un acuerdo adicional frente a los niños, alimentos, custodia, visitas y patria potestad.

A este tipo de divorcio se le llama divorcio Express ya que como máximo toma 3-7 días cuando no hay hijos y 30 días cuando los hay.

Ante juez: Se adelanta cuando la pareja no tiene acuerdo frente al divorcio, frente al valor de la cuota alimentaria o cuando no se sabe como va a ser el manejo de los menores de edad.

Este trámite es más demorado y costoso, involucra audiencias, interrogatorios, testigos por lo que un promedio dependiendo de la ciudad, complejidad, y colaboración de las partes es de 8 meses como mínimo.

El matrimonio civil se disuelve por la muerte real o presunta de uno de los cónyuges o por divorcio judicialmente decretado. Asimismo, Los efectos civiles de todo matrimonio religioso cesarán por divorcio decretado por el juez de familia.

Tipos de divorcio

Divorcio mutuo acuerdo y el que se da sin acuerdo.

Divorcio por mutuo acuerdo

En este caso, resulta ser un proceso fácil, en donde se solicita ante un juez o notario la solicitud. De este tipo existen dos variantes. La primera es cuando no hay bienes ni hijos por los que se entre en una disputa. No es necesario que los dos cónyuges estén presentes en el trámite; esto lo puede hacer un abogado con un poder firmado.

Y la segunda variante es cuando existen hijos y bienes por los que se tenga disputa. Entre ambos llegan a un común acuerdo de cuánto es la cuota alimentaria que debe pasar el padre que no se queda con la custodia y cuál es el porcentaje que le corresponde a cada uno sobre los bienes adquiridos en el matrimonio.

Divorcio express – divorcio por mutuo acuerdo

Por medio del decreto 4436 del 28 de noviembre de 2005, quedó reglamentado el divorcio por mutuo acuerdo entre los cónyuges ante un notario y por intermedio de un abogado, esto mediante escritura pública. Este trámite puede tardar entre dos días hasta un mes, dependiendo de si existen o no hijos menores de edad.

En caso de no haber tenido hijos durante el matrimonio, la duración máxima del trámite es de diez (10) días. En caso de tener hijos y que éstos sean menores de edad, el trámite tiene una duración máxima de un mes, debido a que será necesario que el notario notifique por escrito al Defensor de Familia acerca del acuerdo al que han llegado los cónyuges para el divorcio y éste último tendrá 15 días de plazo para emitir concepto.

El costo del trámite de divorcio exprés en notaria en Colombia varía entre los 130.000 a los 200.000 pesos, sin contar los honorarios del abogado que mediara el mismo.

Adicionalmente, para disolver la sociedad conyugal consecutivo la gestión de divorcio será necesario realizar el trámite concerniente al mismo, en el cual se deberá elaborar un inventario y cuantificación de todos los bienes, teniendo en cuenta que si uno de los cónyuges oculta de manera dolosa algún bien de esta sociedad conyugal, perderá su parte respecto al bien ocultado y deberá reponerla al doble.

Divorcio sin mutuo acuerdo – contencioso

El divorcio contencioso o sin mutuo acuerdo es, como su nombre lo indica, aquel tipo de divorcio que empieza a tramitarse sin el consentimiento de uno de los cónyuges no accede a llevarlo a cabo.

Este tipo de divorcio sólo es posible llevarse a cabo ante un juez de familia, debiendo presentarse la demanda pertinente además de probar la justa causa para que la autoridad judicial lo apruebe.

Es necesario tener en cuenta que este proceso no es corto, como lo suele ser el divorcio exprés, sino que se da bajo las condiciones y reglamentos de los juzgados colombianos.

Por otra parte, se recomienda contar con más de dos testigos que den parte de los hechos sobre los cuales se basa la demanda de divorcio. Asimismo, cabe señalar que la causa más común para tramitar este tipo de divorcio es la separación de cuerpos.

Dentro de la documentación que debe anexarse, son necesarios: los registros civiles de matrimonio, los registros de nacimiento de los hijos (si los hubiera), además de los certificados de propiedad de bienes propios de la sociedad conyugal.

Causales de divorcio

Uno de ellos puede alegar ante un juez que se quiere divorciar de su pareja porque ella ha incumplido alguna o algunas de las causas legales que contempla la ley para darle la razón. Entre ellas están:

  1. Las relaciones sexuales extra-matrimoniales de uno de los cónyuges.
  2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como esposos y padres.
  3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
  4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
  5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
  6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o psíquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud moral o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
  7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendiente a corromper o pervertir al otro, o a un descendiente o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
  8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
  9. El consentimiento de ambos cónyuges, manifestado ante Juez competente y reconocido por éste mediante sentencia.
  10. Los celos como causal de divorcio.

Ejecutoriada la sentencia que decrete el divorcio, queda disuelto el vínculo en el matrimonio civil y cesan los efectos civiles del matrimonio religioso. Así mismo, se disuelve la sociedad conyugal, pero subsisten los deberes y derechos de las partes respecto de los hijos comunes y, según el caso, los derechos y deberes alimentarios de los cónyuges entre sí.

El divorcio de matrimonio civil en Bogota puede adelantarse ante juzgado de familia cuando no exista una mutualidad para desarrollarlo o ante notaria cuando sea de común acuerdo, por lo anterior no se presume que sean procedimientos iguales pero su resultado si será el mismo.

Los abogados de familia encargados de generar el divorcio deberán tener en cuenta  la existencia de hijos menores de edad para evitar que se vulneren sus derechos y para tal fin se designara curador o defensor de familia encargado de delimitar la fijación de la cuota alimentaria y regulación de visitas.

Además del divorcio otro aspecto importante es que el abogado determine si es necesario o no realizar la liquidación conyugal para generar la división de bienes, activos y pasivos en igual proporción, son dos trámites diferentes que pueden ser llevados a cabo de manera simultánea.

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Abogados Para Demandas Y Denuncias

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ABOGADOS PARA DEMANDAS Y DENUNCIAS

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Asistencia Legal, Abogados Para Demandas Y Denuncias

contamos con un excelente grupo de abogados con experiencia en temas de derecho de familia, penal, civil, laboral, tutelas, administrativo principalmente para brindar un respaldo incondicional en el momento que lo requiera.

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Abogados Laborales

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ABOGADOS LABORALES

Abogados Laborales

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Duque Ortiz Abogados: ABOGADOS LABORALES PARA Daños y perjuicios

artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo prevé una indemnización ante la terminación unilateral del contrato sin justa causa, esta solo comprende el lucro cesante y el daño emergente, sentenció la Corte Suprema de Justicia.

Cuando hablamos de daños y perjuicios en tema laboral, nos  referimos directamente a repercusiones que se generaron por la labor desarrollad de la empresa como lo es un daño psicológico o un accidente laboral, y en los que recurrentemente la empresa no quiere responder o usando estos hechos de pretexto desean generar un despido sin justa causa.

 Estos elementos se configuran como un perjuicio al empleado o trabajador, quien tendrá la opción de recurrir a la ARL, o EPS para tratar de evitar que ese daño crezca y luego sea irreparable, la primera entidad es la encargada principal de velar por este derecho y la empresa no puede omitir bajo ninguna circunstancia estas afiliaciones.

 Ahora, si el empleador genera un despido mientras esta en estado de incapacidad temporal o permanente este se considera injustificado y se deberá reintegrar de manera inmediata una vez el juez lo determine, indemnizándolo.

 Por otra parte, si el empleador trata de cubrir un contrato laboral bajo la modalidad de prestación de servicios, donde se cumple un horario, se tiene una remuneración y está bajo subordinación, esto también es un perjuicio ya que no se está pagando lo que por ley se debería, en este evento debemos realizar la revisión por medio de nuestros abogados laborales para determinar si se puede iniciar la demanda en la que se pedirán los conceptos de pagos de afiliaciones legales, indemnizaciones, liquidación entre otras.

Hay muchos otros factores en tema laboral que pueden considerarse dañosos y deben ser indemnizados, pero no todos los casos son iguales, por ello lo invitamos a contactarnos para conocer su caso y dar la asesoría o revisión que requiera.

Nuestros abogados laboralistas están prestos a atenderlo 

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Abogados

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ABOGADOS

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ABOGADOS

Nuestro grupo de profesionales del derecho cuenta con la experiencia para desenvolverse en cada una de las ramas del derecho, con autonomía y autosuficiencia, dedicados a mantener control y dar seguimiento a cada caso.

Sin embargo, cada abogado de la firma cuenta con un seguimiento interno adicional que garantiza a cada cliente que obtendrá los mejores resultados.

En la atención suministrada se genera la revisión por parte de supervisores y delegados con experiencia en cada tema para detectar fallas o alteraciones con tiempo.

Los abogados  se encargan principalmente de temas relacionados con derecho de familia, civil, penal, laboral, administrativo, tutelas, pensiones entre otros.

La función principal de los abogados de la firma DUQUE ORTIZ ABOGADOS es garantizar que se cumpla con la normatividad vigente en Colombia en pro del beneficio de nuestros clientes, aminorando la posibilidad de que sus derechos sean vulnerados.

Tanto en Bogota como en las demás ciudades de atención se realiza una doble revisión de procesos en el cual se genera la viabilidad y se coordina el procedimiento con abogados altamente calificados en Bogotá, pero no por este motivo se genera un mayor costo de honorarios, por el contrario, obtendrá el concepto de varios abogados de la firma en Bogota por un mismo precio.

Las consultas legales se pueden generar  por medio telefónico, presencial, virtual, por medio de whatsapp e incluso por redes sociales.

De acuerdo a sus necesidades y área jurídica en la cual desee asistencia, se presentara el abogado encargado para asignar una cita y realizar la revisión del proceso, en la oficina que tenga la mejor ubicación dependiendo el sitio donde se encuentre o la agenda disponible para atender su requerimiento de manera pronta.

DUQUE ORTIZ ABOGADOS ha tenido gran aceptación y hemos logrado llevar a cabo más de 700 atenciones con excelentes resultados y cumpliendo con nuestra misión social dando las mejores alternativas a cada cliente para que pueda llevar su caso con las menores afectaciones económicas posibles.

Esperamos poder recibir la información de su caso por cualquiera de los medios de comunicación disponibles para asistirlo de manera responsable y diligente.

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Divorcio En Bogota

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DIVORCIO EN BOGOTÁ

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Divorcio De Matrimonio Civil – Divorcios Civiles: El Divorcio de Matrimonio Civil en Colombia desde la ley 25 de 1992, se permitió a las parejas colombianas divorciarse a través de varios trámites dependiendo de la situación y acuerdo que existen entre los cónyuges frente a la finalización del vinculo.

El divorcio de matrimonio civil se puede adelantar ante notario o juez.

Ante notario se requiere acuerdo total de los cónyuges frente al divorcio. En el caso de existir hijos menores un acuerdo adicional frente a los niños, alimentos, custodia, visitas y patria potestad.

A este tipo de divorcio se le llama divorcio Express ya que como máximo toma 3-7 días cuando no hay hijos y 30 días cuando los hay.

Ante juez: Se adelanta cuando la pareja no tiene acuerdo frente al divorcio, frente al valor de la cuota alimentaria o cuando no se sabe como va a ser el manejo de los menores de edad.

El matrimonio civil se disuelve por la muerte real o presunta de uno de los cónyuges o por divorcio judicialmente decretado. Asimismo, Los efectos civiles de todo matrimonio religioso cesarán por divorcio decretado por el juez de familia.

Tipos de divorcio

Divorcio mutuo acuerdo y el que se da sin acuerdo.

Divorcio por mutuo acuerdo

En este caso, resulta ser un proceso fácil, en donde se solicita ante un juez o notario la solicitud. De este tipo existen dos variantes. La primera es cuando no hay bienes ni hijos por los que se entre en una disputa. No es necesario que los dos cónyuges estén presentes en el trámite; esto lo puede hacer un abogado con un poder firmado.

Y la segunda variante es cuando existen hijos y bienes por los que se tenga disputa. Entre ambos llegan a un común acuerdo de cuánto es la cuota alimentaria que debe pasar el padre que no se queda con la custodia y cuál es el porcentaje que le corresponde a cada uno sobre los bienes adquiridos en el matrimonio.

Divorcio express – divorcio por mutuo acuerdo

Por medio del decreto 4436 del 28 de noviembre de 2005, quedó reglamentado el divorcio por mutuo acuerdo entre los cónyuges ante un notario y por intermedio de un abogado, esto mediante escritura pública. Este trámite puede tardar entre dos días hasta un mes, dependiendo de si existen o no hijos menores de edad.

En caso de no haber tenido hijos durante el matrimonio, la duración máxima del trámite es de diez (10) días. En caso de tener hijos y que éstos sean menores de edad, el trámite tiene una duración máxima de un mes, debido a que será necesario que el notario notifique por escrito al Defensor de Familia acerca del acuerdo al que han llegado los cónyuges para el divorcio y éste último tendrá 15 días de plazo para emitir concepto.

Divorcio sin mutuo acuerdo – contencioso

El divorcio contencioso o sin mutuo acuerdo es, como su nombre lo indica, aquel tipo de divorcio que empieza a tramitarse sin el consentimiento de uno de los cónyuges no accede a llevarlo a cabo.

Este tipo de divorcio sólo es posible llevarse a cabo ante un juez de familia, debiendo presentarse la demanda pertinente además de probar la justa causa para que la autoridad judicial lo apruebe.

Es necesario tener en cuenta que este proceso no es corto, como lo suele ser el divorcio exprés, sino que se da bajo las condiciones y reglamentos de los juzgados colombianos.

Causales de divorcio

Uno de ellos puede alegar ante un juez que se quiere divorciar de su pareja porque ella ha incumplido alguna o algunas de las causas legales que contempla la ley para darle la razón. Entre ellas están:

  1. Las relaciones sexuales extra-matrimoniales de uno de los cónyuges.
  2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como esposos y padres.
  3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
  4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
  5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
  6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o psíquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud moral o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
  7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendiente a corromper o pervertir al otro, o a un descendiente o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
  8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
  9. El consentimiento de ambos cónyuges, manifestado ante Juez competente y reconocido por éste mediante sentencia.
  10. Los celos como causal de divorcio.
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DIVORCIO

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Divorcio De Matrimonio Civil – Divorcios Civiles: El Divorcio de Matrimonio Civil en Colombia desde la ley 25 de 1992, se permitió a las parejas colombianas divorciarse a través de varios trámites dependiendo de la situación y acuerdo que existen entre los cónyuges frente a la finalización del vinculo.

El divorcio de matrimonio civil se puede adelantar ante notario o juez.

Ante notario se requiere acuerdo total de los cónyuges frente al divorcio. En el caso de existir hijos menores un acuerdo adicional frente a los niños, alimentos, custodia, visitas y patria potestad.

A este tipo de divorcio se le llama divorcio Express ya que como máximo toma 3-7 días cuando no hay hijos y 30 días cuando los hay.

Ante juez: Se adelanta cuando la pareja no tiene acuerdo frente al divorcio, frente al valor de la cuota alimentaria o cuando no se sabe como va a ser el manejo de los menores de edad.

El matrimonio civil se disuelve por la muerte real o presunta de uno de los cónyuges o por divorcio judicialmente decretado. Asimismo, Los efectos civiles de todo matrimonio religioso cesarán por divorcio decretado por el juez de familia.

Tipos de divorcio

Divorcio mutuo acuerdo y el que se da sin acuerdo.

Divorcio por mutuo acuerdo

En este caso, resulta ser un proceso fácil, en donde se solicita ante un juez o notario la solicitud. De este tipo existen dos variantes. La primera es cuando no hay bienes ni hijos por los que se entre en una disputa. No es necesario que los dos cónyuges estén presentes en el trámite; esto lo puede hacer un abogado con un poder firmado.

Y la segunda variante es cuando existen hijos y bienes por los que se tenga disputa. Entre ambos llegan a un común acuerdo de cuánto es la cuota alimentaria que debe pasar el padre que no se queda con la custodia y cuál es el porcentaje que le corresponde a cada uno sobre los bienes adquiridos en el matrimonio.

Divorcio express – divorcio por mutuo acuerdo

Por medio del decreto 4436 del 28 de noviembre de 2005, quedó reglamentado el divorcio por mutuo acuerdo entre los cónyuges ante un notario y por intermedio de un abogado, esto mediante escritura pública. Este trámite puede tardar entre dos días hasta un mes, dependiendo de si existen o no hijos menores de edad.

En caso de no haber tenido hijos durante el matrimonio, la duración máxima del trámite es de diez (10) días. En caso de tener hijos y que éstos sean menores de edad, el trámite tiene una duración máxima de un mes, debido a que será necesario que el notario notifique por escrito al Defensor de Familia acerca del acuerdo al que han llegado los cónyuges para el divorcio y éste último tendrá 15 días de plazo para emitir concepto.

Divorcio sin mutuo acuerdo – contencioso

El divorcio contencioso o sin mutuo acuerdo es, como su nombre lo indica, aquel tipo de divorcio que empieza a tramitarse sin el consentimiento de uno de los cónyuges no accede a llevarlo a cabo.

Este tipo de divorcio sólo es posible llevarse a cabo ante un juez de familia, debiendo presentarse la demanda pertinente además de probar la justa causa para que la autoridad judicial lo apruebe.

Es necesario tener en cuenta que este proceso no es corto, como lo suele ser el divorcio exprés, sino que se da bajo las condiciones y reglamentos de los juzgados colombianos.

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Uno de ellos puede alegar ante un juez que se quiere divorciar de su pareja porque ella ha incumplido alguna o algunas de las causas legales que contempla la ley para darle la razón. Entre ellas están:

  1. Las relaciones sexuales extra-matrimoniales de uno de los cónyuges.
  2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como esposos y padres.
  3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
  4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
  5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
  6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o psíquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud moral o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
  7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendiente a corromper o pervertir al otro, o a un descendiente o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
  8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
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Cuando existan dudas respecto a la maternidad o paternidad de hijo, es posible iniciar un proceso de impugnación de la filiación ante el juez de familia. En este proceso se practicarán las pruebas necesarias y se determinará si la persona que aparece en el registro civil del hijo, es realmente su padre o madre.

La Ley ha establecido unos tiempos para presentar la demanda de impugnación de la maternidad o paternidad, que generalmente son de 140 días desde que se tuvo conocimiento que no es la madre o el padre biológico. 

Por el contrario, el hijo, podrá impugnar en cualquier tiempo la paternidad o la maternidad.

En este proceso, el juez deberá citar, si fuere posible, a la persona que sería verdaderamente el padre o madre del menor, a fin de que en ese mismo proceso se declare la paternidad o maternidad.

Así mismo, se deberá practicar necesariamente una prueba de ADN. En caso de que, por diferentes motivos, sea imposible practicarla, se tendrán en cuenta otras pruebas, como los testimonios de personas cercanas al demandante. 

Cuando el solicitante no cuenta con el dinero suficiente para costear la prueba científica de ADN, podrá alegar el amparo de pobreza y no tendrá que correr con esos gastos del proceso. 

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Cuando existan dudas respecto a la maternidad o paternidad de hijo, es posible iniciar un proceso de impugnación de la filiación ante el juez de familia. En este proceso se practicarán las pruebas necesarias y se determinará si la persona que aparece en el registro civil del hijo, es realmente su padre o madre.

La Ley ha establecido unos tiempos para presentar la demanda de impugnación de la maternidad o paternidad, que generalmente son de 140 días desde que se tuvo conocimiento que no es la madre o el padre biológico. 

Por el contrario, el hijo, podrá impugnar en cualquier tiempo la paternidad o la maternidad.

En este proceso, el juez deberá citar, si fuere posible, a la persona que sería verdaderamente el padre o madre del menor, a fin de que en ese mismo proceso se declare la paternidad o maternidad.

Así mismo, se deberá practicar necesariamente una prueba de ADN. En caso de que, por diferentes motivos, sea imposible practicarla, se tendrán en cuenta otras pruebas, como los testimonios de personas cercanas al demandante. 

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Demanda De Impugnacion De Paternidad En Bogota

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Cuando existan dudas respecto a la maternidad o paternidad de hijo, es posible iniciar un proceso de impugnación de la filiación ante el juez de familia. En este proceso se practicarán las pruebas necesarias y se determinará si la persona que aparece en el registro civil del hijo, es realmente su padre o madre.

La Ley ha establecido unos tiempos para presentar la demanda de impugnación de la maternidad o paternidad, que generalmente son de 140 días desde que se tuvo conocimiento que no es la madre o el padre biológico. 

Por el contrario, el hijo, podrá impugnar en cualquier tiempo la paternidad o la maternidad.

En este proceso, el juez deberá citar, si fuere posible, a la persona que sería verdaderamente el padre o madre del menor, a fin de que en ese mismo proceso se declare la paternidad o maternidad.

Así mismo, se deberá practicar necesariamente una prueba de ADN. En caso de que, por diferentes motivos, sea imposible practicarla, se tendrán en cuenta otras pruebas, como los testimonios de personas cercanas al demandante. 

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