Duque Ortiz Abogados: Abogados Con Experiencia En solicitud de Pensión Familiar – derecho pensional
Abogados pensiónales para solicitud de Pensión Familiar En Colombia:
La pensión familiar es una prestación que se genera por la suma de esfuerzos de cotización o aportes de cada uno de los cónyuges o compañeros permanentes en el Sistema General de Pensiones.
El modelo consiste en sumar los ahorros pensionales o semanas de los integrantes de una pareja casada o en unión libre y escoger, bien sea el régimen público (Colpensiones) o los fondos privados (Colfondos, Old Mutual, Porvenir y Protección) para obtener una pensión.
Esta pensión familiar es la que se reconoce por la suma de esfuerzos de cotización o aportes de cada uno de los cónyuges o cada uno de los compañeros permanentes, cuyo resultado es el cumplimiento de los requisitos establecidos para la pensión de vejez en el régimen de prima media con prestación definida o régimen de ahorro individual.
Para acceder a una pensión familiar en Colpensiones se requiere haber cotizado durante al menos 1.300 semanas y otro requisito es que la pareja pertenezca al Sisbén 1 o 2.
En los fondos privados: con la suma del capital de la pareja, o sumando 1.150 semanas entre ambos, es decir, tres años menos que en el régimen público, para obtener al final exactamente la misma pensión. En los fondos privados no se exige que pertenezcan al Sisbén.
Requisitos:
Qué sucede si alguno de los dos cónyuges fallece:
El 100% de la pensión familiar se mantiene para el otro cónyuge, salvo que existan hijos menores de edad o hasta los 25 años que dependan económicamente en razón de sus estudios, o por invalidez, caso en el cual el 50% de la pensión familiar pasa a los hijos, sin que cambie su naturaleza a pensión de sobrevivientes.
Si existe divorcio o separación:
En caso de cualquier separación o divorcio entre los cónyuges o compañeros permanentes la Pensión Familiar se extingue y el saldo que se disponga en la cuenta hará parte de la sociedad conyugal para efectos de su reparto. En caso de que la Pensión Familiar se estuviese pagando bajo la modalidad de Renta Vitalicia, esta se extinguirá y los ex cónyuges o ex compañeros permanentes tendrán derecho a recibir mensualmente cada uno el 50% del monto de la pensión que percibían.
Ciudades de atención jurídica: