Duque Ortiz Abogados: Abogados Con Experiencia En Solicitud de Aumento De Pensión Para Cónyuge – derecho pensional
Abogados pensiónales para Solicitud de Aumento De Pensión Para Cónyuge En Colombia:
Quien se encuentra pensionado tiene derecho a reclamar el incremento pensional ya sea del 7% en el primer caso frente a los hijos, o del 14% frente al cónyuge o compañero(a) permanente, adicionalmente al incremento se tiene derecho al retroactivo si el incremento debido no se tuvo en cuenta a la hora de asignar la pensión a la que tenga derecho el beneficiario.
Este incremento pensional sólo es aplicable a personas que pertenecen al régimen de transición y además son pensionados del Instituto de Seguros Sociales ISS, así pues, el artículo 21 del acuerdo 049 de 1990 menciona los siguientes casos:
El objetivo de velar por los derechos fundamentales al mínimo vital y seguridad social (en pensiones), el derecho al incremento del 14% para cónyuge o compañera permanente y el 7% en caso de hijos que dependan económicamente del beneficiario, hace parte integrante de la pensión, por lo cual es irrenunciable e imprescriptible, por esta razón el hecho de que ya haya pasado tiempo desde que se otorgó la pensión de ninguna manera es ipide que se pueda solicitar dicho beneficio.
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