Duque Ortiz abogados: Separación de bienes
El Código Civil Colombiano establece que la separación de bienes se produce cuando ninguno de los cónyuges tiene derecho a los gananciales del otro.
Causales.
Son las mismas a la hora de solicitar la separación de cuerpos:
- Por cualquiera de las causales de divorcio
- Cuando ambos cónyuges están de acuerdo
- Cuando es ordenado por un juez (en caso de que no exista el consentimiento para realizarlo por alguno de los cónyuges
- Por insolvencia de alguno de los cónyuges
- Por la realización de cualquier actividad por parte de uno de los dos cónyuges que ponga en peligro el patrimonio y los intereses del otros cónyuge