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Liquidacion De La Sociedad De Union Marital Bogota

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE UNIÓN MARITAL BOGOTÁ

Liquidación De La Sociedad Patrimonial De Una Unión Marital De Hecho
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LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD PATRIMONIAL DE UNA UNIÓN MARITAL DE HECHO

Duque Ortiz Abogados: Liquidación De La Sociedad Patrimonial De Una Unión Marital De Hecho en Bogota

Liquidación De La Sociedad Patrimonial De Una Unión Marital De Hecho: De conformidad con la Ley 54 de 1990 y la Ley 979 de 2005, las únicas formas para declarar de manera eficaz y conforme a Ley una Unión Marital de Hecho con su respectiva Sociedad Patrimonial, son las siguientes: Escritura Pública, Acta de Conciliación o Sentencia Judicial. La Declaración Extra juicio ante Notario no es medio idónea para su Declaración, es simplemente una prueba que puede utilizarse en un eventual proceso judicial.
La Unión Marital de Hecho también se predica entre parejas del mismo sexo.

La Sociedad Patrimonial entre Compañeros Permanentes nace después de dos años de convivencia ininterrumpida. Hace parte de ella todos los activos y pasivos adquiridos desde el momento de la convivencia.

la Unión Marital de Hecho, nace desde que comienza la convivencia y la Sociedad Patrimonial a partir de los dos años de estar conviviendo. Por lo anterior, puede existir Unión Marital de Hecho sin Sociedad Patrimonial (No han transcurrido los dos años de convivencia o alguno de los compañeros tiene una Sociedad Conyugal Vigente), pero nunca puede existir Sociedad Patrimonial sin Unión Marital de Hecho.

Si uno de los compañeros permanentes o ambos, tienen una sociedad conyugal vigente en virtud a vínculo matrimonial anterior, para que nazca la Sociedad Patrimonial de Hecho con su nueva pareja, la Sociedad o Sociedades Conyugales debe estar Disueltas.

La similitud entre el matrimonio y la unión marital, entre sociedad de gananciales y sociedad patrimonial, desde la perspectiva de principios y valores por la que aboga la Constitución de 1991 no pueden prohijarse interpretaciones restrictivas, discriminatorias y extintivas entre quienes como pareja han convivido como casados, faltándoles únicamente el rito solemne.

Debe tenerse en cuenta que la conformación de esa unión marital de hecho, presume la existencia de una sociedad patrimonial entre los compañeros permanentes, siempre y cuando se cumplan con los siguientes requisitos legales:

  • «Cuando exista unión marital de hecho durante un lapso no inferior a dos años, entre un hombre y una mujer sin impedimento legal para contraer matrimonio, o
  • Cuando exista una unión marital de hecho por un lapso no inferior a dos años e impedimento legal para contraer matrimonio por parte de uno o de ambos compañeros permanentes, siempre y cuando la sociedad o sociedades conyugales anteriores hayan sido disueltas por lo menos un año antes de la fecha en que se inició la unión marital de hecho”.

Con respecto a la disolución de la sociedad patrimonial, establece las siguientes causales:

  • Por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes elevado a Escritura Pública ante Notario.
  • De común acuerdo entre compañeros permanentes, mediante acta suscrita ante un Centro de Conciliación legalmente reconocido.
  • Por Sentencia Judicial.
  • Por la muerte de uno o ambos compañeros

Conforme lo anterior, se evidencia que las dos primeras formas de disolución de la sociedad patrimonial son de común acuerdo entre las partes, en tanto que las dos últimas se requiere acudir a la administración de justicia, por consiguiente, de existir ánimo conciliatorio entre los compañeros permanentes, pueden acudir a cualquier Notaría del país y mediante escritura pública solemnizar su consentimiento, o asistir a un Centro de Conciliación legalmente reconocido y mediante acta llegar a un acuerdo; de no existir animo conciliatorio, es necesario acudir a la administración de justicia para iniciar un proceso judicial, a través del cual, el Juez competente decidirá lo referente a la disolución de la sociedad patrimonial, en este caso es necesario contar con la ayuda de un profesional en derecho.

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