DENUNCIA POR INASISTENCIA ALIMENTARIA
DENUNCIA PENAL POR ALIMENTOS EN NEIVA
La Asistencia Alimentaria es un derecho de los hijos que debe garantizarse por los padres de los mismos no importa si estos son casados, están en unión libre, nunca han convivido o sean parejas del mismo sexo.
Después de la separación formal de una pareja o aunque los padres no hayan convivido nunca, hay aspectos relacionados con los hijos, que son su derecho y no pueden dejarse a la buena voluntad o el azar de las partes. Estos importantes aspectos como la custodia y los alimentos, deben fijarse y cumplirse sin excepción.
Para fijar, aumentar o disminuir la cuota alimentaria respecto de los niños, niñas o adolescentes, generalmente se recurre a un acuerdo entre las partes (los padres) o a una instancia de conciliación perfeccionada en una comisaría de familia, ante un defensor de familia, en un centro de conciliación en Neiva, una notaría o en la Defensoría del Pueblo de Neiva, por mencionar algunos.
Sea porque los padres fijaron la cuota en conciliación o porque una autoridad (juez de familia en Neiva, comisario o defensor) fijó la cuota para el padre ausente, el incumplimiento de lo establecido se llama Inasistencia Alimentaria.
La inasistencia alimentaria es un delito que se configura al omitir el deber legal de proporcionar alimentos a sus parientes.
Es necesario precisar que el delito de inasistencia alimentaria tiende a conseguir la afectación del responsable bien sea padre, madre o alimentante que incumpla con su obligación, refiriéndonos al hecho de que se usa mas como mecanismo de castigo que para la misma consecución del objetivo económico.
La vía penal debería ser la última instancia a la que se debería recurrir y en muchas ocasiones es la primera, por ello tenemos cada vez más personas sentenciadas a penas privativas de la libertad por este hecho, lo cual lo restringe aun mas a cumplir con la obligación.
Si bien es cierto, si el alimentante no cumple con su obligación en plena libertad, menos podrá hacerlo con una medida privativa.
Por lo anterior, si en realidad lo que se busca es el cumplimiento de la cuota de alimentos lo que se debe realizar es una demanda por intermedio de abogado por la jurisdicción de familia, solicitando el embargo del sueldo o de los pasivos que correspondan, de esta manera se evidencia que se busca el cumplimiento de la obligación y no la satisfacción de recurrir a un daño directo.
Nuestro consejo es seguir el lineamiento legal en debida forma, conciliación, proceso de fijación de cuota de alimentos, proceso de embargo de sueldo y en última instancia el proceso penal, ya que hacerlo diferente demuestra que no se busca el cumplimiento de la obligación sino el privación a quien incumplió
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