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Accion de Cumplimiento

ACCION DE CUMPLIMIENTO

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ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO – ABOGADOS ADMINISTRATIVOS

Duque Ortiz Abogados: Abogados Con Experiencia En Acción De Cumplimiento

Abogados Administrativos Con Experiencia En Acción De Cumplimiento En Colombia:

La acción de cumplimiento busca la materialización de aquellos mandatos contenidos en las normas de rango legal y en los actos administrativos.

La acción de cumplimiento es un mecanismo que se utiliza para la defensa ciudadana que consiste en que haciendo uso de este, se puede pedir el cumplimiento de una ley, de un acto administrativo.

Esta acción procede contra todo acto u omisión de la autoridad que incumpla o ejecute actos o hechos que permitan deducir incumplimiento de normas con fuerza de ley o actos administrativos, es decir, cuando una autoridad pública se niega a cumplir una ley o un acto administrativo, o también cuando un particular ejerce funciones públicas, para que cumpla con el deber señalado en esa ley o en ese acto administrativo.

Es decir que se puede exigir el cumplimiento de la ley, de un decreto nacional o departamental, de una ordenanza, de un consejo municipal y de los decretos y resoluciones de los establecimientos públicos.

La acción de cumplimiento  se presenta ante los Tribunales Contencioso Administrativos que existen en las capitales de los departamentos, pero antes de hacer uso de esta acción se debe haber solicitado el cumplimiento mediante el derecho de petición, lo cual se deberá probar con la solicitud de cumplimiento.

No se puede exigir mediante las acciones de tutela.

Se debe tener en cuenta que no se puede exigir el cumplimiento de normas que impliquen gastos ni indemnizaciones. El fallo debe ser proferido en un termino de 20 días después de admitida la demanda. Se podrá apelar, pero cuando este se encuentre en firme debe ser cumplido de inmediato por la autoridad o el particular renuente y su desacato conllevan a sanciones penales y disciplinarias.

La acción de cumplimiento en Colombia se utiliza para la defensa ciudadana.

Se estipula en el artículo 87 de la constitución política pero solo fue reglamentada en el año 1.997 por la ley 393, el fin mismo consiste en que se puede pedir el cumplimiento de una ley o de un acto administrativo.

Procede la acción de cumplimiento en Colombia contra todo acto u omisión de la autoridad que incumpla o ejecute actos de incumplimiento hacia normas con fuerza de ley, o también cuando un particular ejerce funciones públicas, para que cumpla con el deber señalado en esa ley o en ese acto administrativo.

Mediante esta acción se puede exigir el cumplimiento de la ley, de un decreto nacional o departamental, de una ordenanza, de un consejo municipal y de los decretos y resoluciones de los establecimientos públicos en Colombia.

la acción de cumplimiento lo puede pedir cualquier persona natural o jurídica en Colombia por intermedio de nuestros abogados, así como las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos o las organizaciones sociales. Siempre va dirigida contra una autoridad pública o contra particulares que cumplan funciones públicas.

Ante los Tribunales Contencioso Administrativos de Colombia se presenta la acción de cumplimiento, pero antes de hacer uso de esta acción se debe haber solicitado el cumplimiento mediante el derecho de petición, lo cual se deberá probar con la solicitud de cumplimiento y no se puede exigir mediante las acciones de tutela.

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